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Proyecto de ley busca transparencia en pensiones alimentarias: ¿Solución Justa o medida extrema?

Viernes, 14 Junio 2024. Escrito por Andrea Castro Ruiz Proyecto de ley busca transparencia en pensiones alimentarias: ¿Solución Justa o medida extrema? El proyecto de ley, identificado bajo el expediente 24.376, plantea puntos clave para la rendición de cuentas con la pensiones alimentarias. Foto: Archivo

Proyecto permitiría la rendición de cuentas anual para asegurar que las pensiones alimentarias se destinen exclusivamente al beneficio de los hijos

Un nuevo proyecto de ley presentado por el diputado de Nueva República, David Segura, busca garantizar que los pagos realizados por los padres sean utilizados exclusivamente para el beneficio de sus hijos, mediante la implementación de un mecanismo de rendición de cuentas. Esta medida, según Segura, es una respuesta a la preocupación creciente sobre el mal uso de estos fondos.

En contraste con esta propuesta, el testimonio de Hazel Rodríguez, una madre que recibe una pensión de 170 mil colones al mes, arroja luz sobre los desafíos que enfrentan muchas familias, debido a que el sustento de un hijo involucra mucho más que lo básico establecido por la ley o un juzgado.

"Yo tengo que pagarle a mi hija la buseta, el colegio, y su cuido, además de los materiales recreativos. A pesar del aporte que se da, realmente no alcanza para cubrir todos los gastos que implica la crianza de un menor", señaló Rodríguez, subrayando que la rendición de cuentas no resolvería el problema de insuficiencia económica para muchos receptores de pensiones, sino más bien se perjudicarán al enterarse de que lo que dan es muy escaso.

El proyecto de ley, identificado bajo el expediente 24.376, plantea cuatro puntos clave:

1. Las autoridades judiciales, a petición de los menores de al menos doce años, del PANI, o del padre que paga la pensión, podrán solicitar una rendición de cuentas sobre el uso del dinero.

2. Esta rendición de cuentas podrá solicitarse una vez al año y abarcará las pensiones de los últimos seis meses.

3. Solo aquellos padres que estén al día con sus pagos de pensión podrán solicitar dicha rendición de cuentas.

4. La autoridad judicial tendrá la facultad de cambiar a la persona que recibe la pensión si se determina que los fondos no están siendo utilizados correctamente en beneficio del menor.

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