Abogado constitucionalista asegura que Costa Rica sí puede extraditar nacionales
Autoridades promueven un proyecto de ley para poder enviar a costarricenses o extranjeros nacionalizados a otros países donde sean requeridos judicialmente. Experto aseguró que no es necesario.
El Ministerio de Seguridad Pública, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la Fiscalía General promueven que en el país se permita la extradición de personas costarricenses o de extranjeros nacionalizados cuando sean requeridos en otros países por haber cometido algún delito.
Ante esto, el Poder Ejecutivo envió a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que reformaría el artículo 32 de la Constitución Política.
Sin embargo, el abogado Fabián Volio, especialista en derecho constitucional, aseguró que ese proyecto no es necesario porque en el país no se restringe la extradición, lo que hay es una interpretación "errada" de la Sala Constitucional al mezclar términos.
El artículo N.° 32 de la Constitución Política dice: "Ningún costarricense podrá ser compelido a abandonar el territorio nacional".
Para el experto, es "muy diferente" expulsar a un nacional a que sea requerido judicialmente por otro país para cumplir con un proceso judicial.
"Esa cámara constitucional en 1994 pronunció una sentencia desafortunada porque mezcló incorrectamente el término extradición con el de compelido a abandonar el territorio; son dos cosas diferentes" .
Agregó: "Es muy diferente porque la extradición es la petición de un juez extranjero a un juez costarricense para que trasladen al costarricense, se enfrente al juicio y si se declara inocente puede regresar, si declara culpable cumple su pena y puede regresar. Lo que ocurría antes es que no se podría regresar".
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