Exalcalde de San Carlos, Alfredo Córdoba, absuelto en nuevo juicio
Le achacaban delito de reconocimiento de beneficio ilegal. Defensor confirmó que también valoran acudir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por sanción que impuso el TSE a exjerarca municipal.
El exalcalde de San Carlos, Alfredo Córdoba, fue absuelto por certeza por los delitos de reconocimiento de beneficio ilegal, que supuestamente había cometido en el 2002.
La sentencia la dictó este martes el Tribunal Penal de Hacienda en Goicoechea, al concluir un juicio de reenvío que inició este mes, según confirmó el defensor, Francisco Dall’Anese.
Además de Córdoba, también era juzgado Wilbur Rojas, quien era administrador del municipio de San Carlos.
En ese debate se juzgaba a Córdoba por escoger a una persona que no estaba incorporada al Colegio de Ciencias Económicas para ocupar una plaza en ese ayuntamiento. La colegiatura era un requisito indispensable para ese puesto.
"Hoy, el Tribunal, claramente, dijo que se absolvía por dos delitos porque el reconocimiento de prohibición no es un reconocimiento de beneficio ilegal, con lo cual con certeza de inocencia, ellos quedan liberados de ese cargo que se les atribuía, que no es delito. Se absuelve por peculado porque el Ministerio Público nunca dijo, porque nunca pasó, de dónde se sacó la plata que supuestamente se distrajo, de qué partida del presupuesto era ni a dónde se la llevaron. No tuvo sustento ni en los hechos acusados ni en la prueba y terminaron absueltos", explicó Dall’Anese.
En diferentes instancias
Esta sentencia absolutoria reconfirma un primer fallo judicial en contra de Córdoba, que se dictó en el 2019 en el que fue condenado a seis meses de inhibitoria de cargos públicos por dos delitos de nombramiento ilegal.
No obstante, fue absuelto por dos delitos de tráfico de influencias, dos de reconocimiento ilegal de beneficios laborales y uno de peculado.
Esa condena fue apelada por los defensores, pero el Tribunal de alzada rechazó la gestión. Ante ello, los abogados acudieron a Sala Tercera, que es la última instancia en ver asuntos penales, para conseguir anular el fallo, pero esta declaró inadmisible el recurso de casación.
En paralelo, la Contraloría General de República y la Fiscalía hicieron lo propio y apelaron por la absolutoria de los delitos de reconocimiento ilegal. Esa queja sí fue acogida y el Tribunal ordenó un reenvío pero solo para ver este punto.
Es por ello que, este mes, comenzó ese debate que hoy culminó con la absolutoria.
Eso sí, en la pronunciación que hizo el Tribunal este martes, se condenó a Córdoba al pago de ¢1.200.00 de costas como consecuencia civil de la condena que le habían impuesto en el 2019. Esto será apelado, confirmó Dall’Anese.
"Usted me dirá: Pero, ¿apelar una sentencia que condena a un ¢1.200.000 es más caro que pagarlo? Pero aquí hay un asunto de principio de parte de don Alfredo, quien de reconocer ese pago -por mínimo que sea- sería aceptar que causó un daño a la población de San Carlos, lo cual no es cierto", refutó el abogado.
Este medio intentó obtener una versión de la Contraloría General de la República así como de la Fiscalía. La primera indicó que, por disposición del Código Procesal Penal, queda imposibilitada de recurrir este fallo.
El Ministerio Público, por su parte, no ha respondido a la consulta hecha.
Lucha en paralelo
Además de todos estos procesos penales, la defensa de Córdoba sí valora con seriedad acudir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos porque, consideró, se le impuso una sanción “arbitraria”.
Él se refiere a que, pese a que el Tribunal Penal de Hacienda, le impuso una sanción de seis meses de inhabilitación del cargo, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) optó por aumentarla a un año y medio.
Dall’Anese recalcó que esa decisión no tiene ninguna justificación.
"Si se confirma que el TSE violó la voluntad del pueblo soberano de San Carlos y el principio de legalidad penal establecidi en la Constitución Política. Si eso se llegara a confirmar, pues se estaría acudiendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Es una vía muy lenta. Hay que tener mucha paciencia. No se lograría que don Alfredo sea restituido en el cargo, pero sí le representará a Costa Rica una altísima condena monetaria que tendremos que pagar todos los costarricenses por una transgresión constitucional que cometió inexplicablemente el TSE", reprochó.
Por su parte, el TSE recordó que las decisiones en esta materia no cuentan con apelación.
"En julio del 2022, recibió comunicación de autoridades penales que comunicaban la sentencia condenatoria en firme. Se imponía la imposibilidad de ejercer cargos públicos. Esa sentencia que fue conocida por el tribunal y, a través de lo que define los códigos, se debe hacer remoción del cargo del señor Córdoba. Hay que tomar en consideración que las resoluciones del TSE carecen de recurso", apuntó Andrei Cambronero, vocero del TSE.
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