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Ministros serían juramentados antes de ser cuestionados en plenario

Viernes, 30 Junio 2023. | Escrito por Melany Corrales

Ministros serían juramentados antes de ser cuestionados en plenario

Diputada propone que, de esta manera, serían sujetos al procedimiento correspondiente dictado en el reglamento de la Asamblea Legislativa y el Código Procesal Penal.

Por medio de un cambio en el reglamento de la Asamblea Legislativa, la diputada Johana Obando, del Partido Liberal Progresista (PLP), propone que los ministros y ministras sean juramentados antes de una interpelación en el plenario legislativo.

De esta forma, indicó, serían sujetos al procedimiento correspondiente dictado en el reglamento de la Asamblea Legislativa y el Código Procesal Penal.

Para la legisladora, esta modificación es necesaria luego de que las interpelaciones hechas días atrás tanto al ministro de Comercio Exterior, Manuel Tovar, como al jerarca de Hacienda, Nogui Acosta, se realizaron sin ningún tipo juramentación. 

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“El objetivo es que los jerarcas de turno que sean interpelados en el plenario legislativo sean juramentados. Si se llegará a comprobar que faltaron a la verdad durante su interpelación podrían ser sometidos al procedimiento que estable el reglamento de la Asamblea y el Código Procesal Penal”, manifestó la legisladora.

Es decir, si un ministro falta a la verdad podría tener consecuencias legales.

“Para efectos de pena, una vez levantado el fuero le corresponderá al Poder Judicial dictar la sentencia correspondiente y dependerá del juez cuanto podría ser la pena, que va de uno a cinco años. En muchas interpelaciones que se han llevado a cabo en el plenario legislativo nos hemos quedado con más dudas que respuestas. Muchos jerarcas han llegado a su rendición de cuentas haciendo aseveraciones dudosas, por lo que esta reforma es un mecanismo necesario”, concluyó la diputada.

De acuerdo con el artículo 134 del Código Procesal Penal, “quien falte a la verdad será reprimido por falsedad de testimonio, asimismo argumenta que, el declarante prometerá decir la verdad en todo cuanto sepa y se le pregunte. Si el deponente se niega a prestar juramento en virtud de creencias religiosas o ideológicas, se le exigirá promesa de decir la verdad”.

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