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Poder Judicial estaría bajo rectoría de Mideplan en empleo público, advierte Corte

Lunes, 13 Febrero 2023. Escrito por Katherine Chaves Poder Judicial estaría bajo rectoría de Mideplan en empleo público, advierte Corte

El reglamento de la Ley de Empleo Público haría que el Poder Judicial esté bajo la rectoría de Mideplan, pese a que esto vendría a ser contrario a lo que plantea la propia normativa.

La advertencia la lanzó Rodrigo Campos, director jurídico de la Corte Suprema de Justicia, durante una exposición que hizo la mañana de este lunes ante Corte Plena.

Según explicó Campos, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan) pidió criterio al Poder Judicial el pasado 31 de enero. Esto, con el fin de "escuchar el aporte y parecer de los sujetos públicos con respecto al contenido de ese planteamiento formulado". Les brindó diez días -que vencen este 14 de febrero- para pronunciarse.

En términos generales, el director explicó que -si bien las observaciones que se hacen no son vinculantes- el objetivo es hacer notar las incongruencias y omisiones que encontraron en el reglamento.

A su criterio, el hallazgo más grave es que permite que tanto el ministerio como el Servicio Civil tengan "control" sobre las decisiones del Poder Judicial en esta temática de empleo público.

Mencionó que esto se observa en tres artículos:

  • Artículo 16: Campos dice que corresponderá al "Servicio Civil aplicar disposiciones, brindar asistencia técnica y seguimiento -no está mal, es sano- y control. Dice 'control' en materia de gestión de empleo (...) Entonces permite que el Servicio Civil ejerza control sobre la Dirección de Gestión Humana (del Poder Judicial)".
  • Artículo 32: El director indicó: "El Mideplan -en coordinación con el Servicio Civil- dictará el modelo y los lineamientos relativos a la evaluación del desempeño que deberá aplicarse a los servidores. (...) Nuevamente está abriéndose la posibilidad de que Mideplan y Servicio Civil dicten el modelo y el lineamiento (...) pese a que la ley misma dijo que podían estar excluidas de la rectoría de Mideplan".
  • Artículo 14: El funcionario expresó a los magistrados: "La creación de nuevas clases de puestos o la modificación en estructuras ocupacionales de las instituciones cubiertas por  este reglamento deberán ser gestionadas ante Mideplan para el aval correspondiente. ¿Qué quiere decir? Si bien la ley excluyó la posibilidad de que, en determinado supuesto, el Poder Judicial no tuviera que gestionarse ni tener el aval para nuevas clases, el reglamento dice que todo (...) tendrá que ser de aplicación y ser reconocido por Mideplan.

Estas fueron parte de las observaciones que hizo el departamento al reglamento y que dejó plasmado en un informe. Luego de escucharlo, los 20 magistrados presentes votaron afirmativamente para enviarlo a Mideplan.

Otros fallos

A modo de resumen, expresó, tiene una redacción "confusa y ambigua", lo cual sería conveniente cambiar para "dar seguridad jurídica, así como para evitar litigiosidad".

Asimismo, es un reglamento que, a su criterio, no tiene perspectiva de género. Tampoco toma en cuenta otros supuestos como la territorialidad ni las oportunidades para la población afrodescendiente.

"Se viene a copiar normativa en materia de personas con discapacidad, pero es totalmente omiso en el tema de territorialidad y de afrodescendientes", insistió.

En términos generales, dijo: "Hay desarrollo de algunos contenidos, pero hay omisiones en el desarrollo de otros".

Mencionó que, para empezar, sería esperable que el reglamento indicara mecanismos de cooperación y coordinación entre la Autoridad Presupuestaria y los diferentes Poderes de la República; sin embargo, apuntó, "no lo está".

Agregó que también es omiso en tema de salud ocupacional y en el sistema de gestión de desarrollo.

"La ley habla de postulados rectores; se habla se habla de sistema de capacitación, de carrera administrativa y de promoción interna. Era de esperar que fueran desarrollados vía reglamentaria porque son pocas normas. No obstante el reglamento es bastante omiso en esos tres puntos", expresó.

En cuanto al sistema de gestión del desempeño, también encontraron falencias. Recalcó que, si bien sí establece las etapas, no las desarrolla. Por el contrario, señaló: "Solo da una serie de competencias a Dirección Nacional de Servicio Civil y a Mideplan; son de control en gestión de desempeño en los Poderes de la República, que queremos hacer ver".

Asimismo, aseveró, no se contempla la participación ciudadana, es "omiso" en el tema de la ética y no se regulan las convenciones colectivas.

Transitorios 'oscuros'

El director jurídico mencionó que la redacción "muy confusa" se siente más en los transitorios del reglamento. Incluso, la catalogó como "oscura".

"Eso genera problemas serios de interpretación", acotó Campos, quien dijo que era imposible -por cuestión de tiempo- leer cada uno de ellos. Pero aseguró que era "necesario" mejorar la redacción.

Los magistrados estuvieron de acuerdo con todas las recomendaciones hechas y -agregando unas que surgieron durante la discusión- los altos jueces aprobaron el trabajo de Dirección Jurídica.

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