Todo lo que necesita saber sobre el aguinaldo: cálculo, derechos y denuncias
El aguinaldo debe ser pagado como máximo el 20 de diciembre.
Toda persona trabajadora que haya laborado al menos un mes consecutivo para un mismo patrono entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso tiene derecho al aguinaldo. Este debe ser pagado, como máximo, el 20 de diciembre.
Para determinar el monto del aguinaldo:
1. Suma todos los salarios ordinarios y extraordinarios recibidos entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año actual.
2. Divide el total entre 12.
Por ejemplo, si el total de tus ingresos durante este periodo fue de ₡3,600,000, tu aguinaldo será de ₡300,000.
Es importante recordar que al aguinaldo no se le aplican deducciones, excepto en los casos donde existe una orden judicial para pensión alimentaria.
Consecuencias por incumplimiento
Los empleadores que no cumplan con este pago se exponen a sanciones de hasta 23 salarios base de un Oficinista 1 del Poder Judicial (₡462,200 por salario base), lo que equivale a ₡10,630,600.
Atención de denuncias
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) iniciará la recepción de denuncias por incumplimiento a partir del 21 de diciembre. Se habilitarán los siguientes canales:
Virtuales: Sitio web oficial del MTSS y chat institucional.
Presenciales: Oficinas regionales en San José, Heredia, Cartago, Alajuela, Puntarenas, Liberia, Limón y Pérez Zeledón en fechas específicas entre diciembre y enero.
En la campaña pasada, gracias a la intervención del MTSS, más de 1,600 personas y sus familias lograron recibir el aguinaldo antes de fin de año, y se resolvieron 498 denuncias individuales.
Para más información, puedes visitar www.mtss.go.cr o contactar al MTSS en sus oficinas locales. A partir del 30 de noviembre el ministerio brindará información en toldos en diferentes lugares del país.
¿Qué le pareció esta nota?