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TSE da curso a amparo electoral contra presidente Chaves por presunta beligerancia

Miércoles, 09 Abril 2025. | Escrito por José Andrés Soto

TSE da curso a amparo electoral contra presidente Chaves por presunta beligerancia

Mandatario tiene tres días para referirse a los hechos denunciados.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) admitió para su trámite un amparo electoral presentado por Claudio Alpízar Otoya el pasado 25 de marzo, relacionado con presuntos actos y manifestaciones del presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, que podrían constituir beligerancia política.

La denuncia se está conociendo en la Sección Especializada del TSE, órgano encargado de resolver en primera instancia los conflictos contencioso-electorales que impliquen el ejercicio de la potestad sancionatoria del Tribunal.

Dada la naturaleza de los señalamientos, que invocan posibles violaciones a derechos político-electorales de rango constitucional, el TSE decidió darle curso como amparo electoral, una vía que permite una revisión más expedita de este tipo de alegatos.

Como parte del proceso de amparo, el TSE ha otorgado un plazo de tres días hábiles para que el presidente Chaves se refiera, bajo juramento, a los hechos expuestos en la denuncia. En caso de no responder a este requerimiento de información dentro del plazo establecido, los hechos señalados por el denunciante se presumirán como ciertos.

Adicionalmente, y como medida cautelar para garantizar la imparcialidad de las autoridades durante los procesos electorales, el TSE ha apercibido al presidente Chaves Robles para que se abstenga de realizar manifestaciones o actos que puedan poner en riesgo las garantías de imparcialidad exigidas por el artículo 95.3 de la Constitución Política.

Explica el Tribunal Electoral que el mandatario “Puntualmente, tiene vedado utilizar recursos públicos -de cualquier naturaleza- para incidir en la libre determinación de los votantes, por lo cual tendrá prohibido -hasta que no se resuelva esta gestión de amparo electoral- realizar cualquier manifestación o conducta (activa u omisiva) que pueda beneficiar o afectar a cualquiera de los partidos, candidaturas, precandidaturas, tendencias o movimiento político que aspire a contender por cargos de representación en los comicios de 2026”, señala el comunicado difundido por el TSE.

 

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