Pacientes serán priorizados por su condición de salud y no solo por el tiempo en lista de espera
Nuevo reglamento establece cinco niveles de atención y fija tiempos máximos según el riesgo y la necesidad clínica de cada persona.
El Ministerio de Salud anunció un nuevo modelo para gestionar las listas de espera en los servicios de salud. Con las nuevas reglas, el tiempo que una persona lleva esperando dejará de ser el único criterio para definir quién recibe atención primero.
A partir de este reglamento, se tomará en cuenta la condición clínica de cada paciente, la gravedad y evolución de su enfermedad, el riesgo de que su salud empeore y las consecuencias que la espera pueda tener en su calidad de vida.
En otras palabras, una persona que enfrenta un mayor riesgo para su salud podrá recibir atención antes que otra que lleve más tiempo esperando, pero cuya condición sea menos urgente.
El reglamento establece cinco niveles de prioridad:
P0: atención inmediata, en menos de 24 horas.
P1: atención urgente, en un máximo de 8 días.
P2: atención prioritaria, hasta 30 días.
P3: atención electiva de alta prioridad, hasta 90 días.
P4: atención electiva de prioridad moderada, hasta 180 días.
La condición de los pacientes también deberá ser revisada durante el período de espera. Si una persona presenta un deterioro de su salud, nuevos signos de alarma o una progresión de la enfermedad, su nivel de prioridad podrá cambiar.
Además, si se supera el tiempo establecido para una determinada condición, los prestadores deberán implementar medidas correctivas y dar seguimiento al caso.
El nuevo modelo también establece mecanismos para registrar y dar seguimiento a las decisiones relacionadas con las listas de espera. Los prestadores deberán reportar cada seis meses al Ministerio de Salud indicadores que permitan evaluar los resultados.
La implementación será progresiva. Los prestadores tendrán seis meses después de la entrada en vigor del reglamento para elaborar, aprobar e iniciar sus planes institucionales, mientras que contarán con hasta 24 meses para completar las adecuaciones necesarias.
Las disposiciones serán obligatorias para los prestadores públicos y privados, mientras que el Ministerio de Salud asumirá la regulación, supervisión y fiscalización del cumplimiento.
El reglamento entrará en vigencia una vez que sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
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