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Asociación de bancos presenta acción de inconstitucionalidad y recurso de amparo contra Banco Central

Miércoles, 30 Agosto 2023. | Escrito por Ana Martha Arce

La ABC actúa luego de que el BCCR pidiera a la SUGEF información crediticia de los costarricenses.

Trece días después de que Rocío Aguilar, Superintendente General de Entidades Financieras, comunicara que el Banco Central de Costa Rica (BCCR) la denunció penalmente por negarse a entregar información crediticia de los costarricenses, la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) interpuso una acción de inconstitucionalidad y un recurso de amparo contra el BCCR.

La ABC, que reúne a cerca de doce entidades bancarias, apoya la decisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) y asegura que esta está amparada en el dictamen del Departamento Legal de la institución y la Procuraduría General de la República, así como por los artículos 24 de la Constitución Política, y 132 y 133 de la Ley Orgánica del Banco Central.

“Estos artículos establecen de manera categórica que la información privada de los costarricenses respecto a sus operaciones bancarias y situación patrimonial es confidencial y no puede ser compartida sin consentimiento informado, orden judicial o norma especial”, reiteró el asesor jurídico de la ABC Mario Gómez Pacheco.

En el recurso de amparo, la ABC pide a la Sala Constitucional declarar que la sentencia adoptada por el Banco Central violenta los derechos fundamentales a la autodeterminación informativa, a la intimidad, confidencialidad y reserva mencionados en la Constitución (…) así como todos los derechos fundamentales de las personas que pueden actuarlos a partir de la obtención de un crédito en el sistema bancario (derecho de propiedad, derecho de vivienda, derecho de tránsito o libertad de ir y venir, derecho a la educación, libertad de empresa, derecho a un nivel de vida digno o adecuado y mejora de su calidad de vida).

Además, solicitan sentenciar al Banco Central al pago de los daños y perjuicios provocados con la lesión de los derechos fundamentales indicados, el pago de las costas procesales y personales del proceso de amparo que se liquidarán en la fase de ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

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