Nueva ley fortalece el recuento electoral con cambios clave en el conteo de juntas electorales
Votos serán recontados cuando las diferencias entre candidatos sean menores al 2% o cuando haya menos de 500 votos de diferencia entre listas de partidos para asignación de diputaciones
El reciente proyecto aprobado en segundo debate trae cambios al proceso de escrutinio electoral en Costa Rica. La Ley para el Fortalecimiento del Recuento Electoral introduce condiciones más estrictas para realizar el recuento de votos en casos específicos, como elecciones municipales y legislativas.
Según la nueva legislación, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) deberá recontar votos en situaciones donde las diferencias entre candidatos sean menores al 2% o cuando haya menos de 500 votos de diferencia entre listas de partidos para asignación de diputaciones
Además, se añadieron nuevas condiciones para realizar recuentos en elecciones municipales, incluidas las alcaldías y sindicaturas, con un margen similar del 2%.
Este cambio - según el proyecto- busca garantizar la transparencia en situaciones con resultados estrechos. No obstante, el TSE señaló que la ley presenta algunas deficiencias técnicas, ya que los resultados preliminares de la noche de la elección no son definitivos, lo que complica la aplicación de estas reglas para asignar escaños legislativos y regidurías.
El TSE mantiene su atribución constitucional de realizar el escrutinio definitivo de los votos, pero este proyecto introduce novedades, como la obligación de revisar algunos casos uninominales o locales, además de ajustar las reglas para futuros procesos electorales, especialmente de cara a las elecciones presidenciales de 2026.
- En esta Nota: Conteo de votos - juntas electorales - TSE
¿Qué le pareció esta nota?