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Sala Tercera: Proyecto para limitar uso de tobillera electrónica solo dispararía hacinamiento carcelario

Viernes, 12 Abril 2024. | Escrito por Katherine Chaves R.

Sala Tercera: Proyecto para limitar uso de tobillera electrónica solo dispararía hacinamiento carcelario

Propuesta indica que beneficiados deberán ser condenados a una pena no mayor a los cuatro años de cárcel; antes, eran seis años. Sala Tercera recalca que no se indica porqué se cree que la solución sea reducir las penas en las que podría aplicarse esta medida.

Actualmente, hay un proyecto en la corriente legislativa que propone limitar la imposición de tobilleras electrónicas en los reos, lo cual, a criterio de la Sala Tercera, solamente vendría a disparar el hacinamiento carcelario, sin necesariamente lograr mejorar la seguridad ciudadana.

Se trata de una propuesta del diputado Gilberth Jiménez, la cual forma parte de una serie de iniciativas hechas en un intento de paliar la criminalidad que golpea día con día al país.

El objetivo de esta, principalmente, es reducir las penas en las que esta medida podría aplicarse. Para entender mejor, en la actualidad, un juez puede imponer el uso de este mecanismo a personas condenadas a seis años o menos de prisión.

En caso de aprobarse esto, eso variaría considerablemente, ya que solo podrían acceder a este beneficio quienes tengan una sentencia de cuatro años o menos de cárcel.

Como parte del proceso normal de todo proyecto, se le pidió criterio a la Sala Tercera, que es la cámara que resuelve en última instancia todos los procesos penales.

Patricia Solano, magistrada presidenta de ese órgano penal, remitió respuesta en la que aseguró entender la intención del texto; no obstante, mostró su preocupación porque no se justifica el porqué se cree que la solución sea reducir las penas en las que podría aplicarse esta medida.

"La exposición de motivos justifica la decisión, en la existencia de un importante porcentaje de personas sentenciadas, que gozan de dicho beneficio y que reinciden en la comisión de hechos delictivos. Sin embargo, lamentablemente no se acompaña información que permita justificar eso (...). Por el contrario, la motivación del proyecto, permite evidenciar que el efecto que tendría la iniciativa en ese punto específico sería un aumento en la prisionalización y consecuentemente del hacinamiento carcelario", aseveró en el oficio enviado a la Asamblea.

A criterio de la alta jueza, más serviría que su imposición quede ligada directamente a los hechos delictivos cometidos, aún cuando la pena sea menor.

"Diferente es que se crea que existen ciertos hechos delictivos en los cuales, aun cumpliendo con el monto de la pena, no debería ser objeto del monitoreo electrónico, como por ejemplo la inclusión de ilícitos en los que se hayan utilizado arma blanca o que sean temas de delincuencia organizada (...) respecto de lo cual no hay objeción", agregó.

Un criterio un poco similar tiene el abogado penalista José Miguel Villalobos, quien consideró esta propuesta como "antigarantista, represiva y fascista".

"Estoy completamente en contra de esa propuesta. me parece que inclusive debería ser más elevado el número de años de pena para poder tener derecho al monitoreo y no debe ser el monto de la pnea, sino la peligrosidad del imputado que no necesariamente están relacionados y el análisis que se haga de si va a querer mantener apegado al proceso con monitoreo. Bajar de seis a cuatro años deja fuera de la posiblidad de beneficiarse al monitoreo a muchas personas, inclusive  penas de cico o seis años no necesariamente son delitos contra la vida ni integridad sexual", aseveró.

Ahora, corresponderá que el proyecto continúe con su trámite ordinario y conocer si los diputados acogen las anotaciones hechas por la Sala Tercera.

 

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