Funcionarios públicos no pueden bloquear usuarios en redes sociales si comparten información de interés público
No hay artículo específico en la ley, sino jurisprudencia sobre la libertad de expresión
Aunque en una cuenta de red social privada una persona puede decidir a quién agregar o bloquear, esta norma no aplica para los funcionarios públicos que utilizan sus redes para compartir información de interés público.
La jurisprudencia generada por fallos previos en Costa Rica, basados en la libertad de expresión, establece que estos funcionarios no deben bloquear a ningún ciudadano, ya que su plataforma digital se convierte en un espacio de interés común.
Recientemente, la Ministra de Salud y Vicepresidente de la República, Mary Munive, declaró a Trece Noticias que sus redes sociales son "personales", a pesar de que comparte en ellas temas relevantes para la gestión pública.
Esta afirmación genera un debate sobre los límites entre lo personal y lo público en las cuentas de funcionarios, y si estos tienen el derecho de limitar el acceso a sus publicaciones.
El abogado constitucionalista, Ricardo Nassar, afirmó: "La jurisprudencia de la Sala Constitucional ha dejado claro que, cuando un funcionario comparte información pública en sus redes, no puede bloquear a ciudadanos, ya que eso limita el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información. Aunque la ley no lo menciona de manera explícita, los fallos han establecido un precedente vinculante para todos".
El fallo más reciente de la Sala Constitucional subraya que el bloqueo en redes sociales por parte de funcionarios puede interpretarse como una restricción arbitraria al derecho de participación ciudadana, especialmente si el contenido de esas cuentas afecta temas de interés público.
- En esta Nota: Mary Munive - Redes sociales - Sala constitucional
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