La Sala Constitucional declara inconstitucionales cuatro artículos de la Ley Jaguar
El voto de la Sala Constitucional no fue unánime, algunos magistrados salvaron el voto
La Sala Constitucional de Costa Rica ha declarado inconstitucionales los artículos 2, 3, 4 y 5 de la "Ley Jaguar para impulsar el desarrollo de Costa Rica", tras una consulta presentada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
El tribunal encontró vicios de constitucionalidad en todos los artículos evaluados del expediente legislativo 24.364. La decisión incluye las siguientes determinaciones:
- Artículo 2: Declarado inconstitucional en su totalidad, aunque algunos magistrados salvaguardaron parcialmente su voto respecto a la eficiencia en el manejo de fondos públicos.
- Artículo 3: Inconstitucional, excepto en las funciones de "sustituir" y "abarcar" de la Contraloría General de la República, limitadas al control de legalidad y eficiencia de los fondos públicos.
- Artículo 4: Inconstitucional por unanimidad, con distintas razones consignadas por los magistrados.
- Artículo 5: Inconstitucional en su totalidad, con una salvaguarda parcial sobre la suspensión de actos y contratos vinculados al manejo de fondos públicos.
Los magistrados han emitido notas conjuntas y separadas explicando sus posiciones. La sentencia completa será publicada en el sitio web del Poder Judicial una vez finalizada su redacción y notificación a las partes interesadas.
- En esta Nota: Ley Jaguar - Rodrigo Chaves - Sala Constitucional
¿Qué le pareció esta nota?